El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reglamentó mediante Resolución 3205 de 2008   los Consejos Regionales de las Mipymes. 

De conformidad con la Ley 590 de 2004,  en cada departamento del país debe existir un Consejo Regional para la Mipymes, cuyos objetivos son:

  • Propiciar la investigación de mercados y planes de exportación sectoriales y regionales.

  • Promover la creación de sistemas de financiación y acceso a capitales.

  • La gestión tecnológica y del conocimiento de las Mipymes.

  • Propiciar el acompañamiento y asesoría de las Mipymes.

Estos Consejos Regionales están conformados por:

  1. El Gobernador del departamento o su delegado.

  2. Un representante de la Corporación Autónoma Regional.

  3. El Director de Planeación Departamental.

  4. El Director Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

  5. Un representante de la Asociación Colombiana de Pequeña y Mediana Empresa, ACOPI.

  6. Un representante de la Federación de Comerciantes, Fenalco.

  7. Un representante de la Cámara de Comercio. En el caso de existir dos o más cámaras de comercio en una misma región dicho representante será elegido entre ellos.

  8. Un representante de los alcaldes municipales de cada departamento, el cual será elegido entre ellos mismos.

  9. Un representante de las Asociaciones de Pymes de la región.

  10. Dos (2) empresarios Pymes de la región designados por el Gobernador y los demás que considere pertinente el Gobernador.

  11. Dos (2) representantes de las Asociaciones de Microempresarios.



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